A continuación detallamos qué deben presentar en ésta liquidación:
Documentación:
- Comprobantes de depósitos efectivo
- Declaración Jurada para Sorteo Extra firmada.
- Quienes hayan hecho ventas con tarjeta con POS: comprobantes de venta en caso de encontrar inconsistencias y RECORDAR CERRAR LOTE.
- ES NECESARIO ENTREGAR LA DECLARACIÓN DE FORMAS DE PAGO FIRMADA (LA QUE ENTREGARON EN LA PRIMER LIQUIDACIÓN, DE NO SER ASÍ, SE SANCIONARÁ)
- Formularios de cambio de modalidad o formulario de cambio de pago (se hace por la web)
Sorteo Extra:
En esta declaración salen los números que PARTICIPAN en el sorteo extra, por lo que deben revisar que sean los correctos y estén todos los correspondientes. Es importante que aquellos que realicen cambio de modalidad saquen la declaración de Sorteo Extra luego de hacer el cambio en Mundus. Es responsabilidad del vendedor corroborar la información que surge de la declaración, informando a la comisión correspondiente cualquier duda o inconveniente al momento de emitir dicha declaración.
Esta declaración también tiene que ser firmada por ustedes. (Los apoderados deberán firmar sus declaraciones, en caso de que les falte información para completarlo podrán consultar a la Comisión Rifas. Si esta declaración no es entregada, se aplicará la multa correspondiente por no entregar y se asume que todas las rifas participan en el sorteo extra.)
Aclaración: Deben completar los datos de su Cédula de Identidad (Número, Fecha de emisión y Vencimiento) en Actualizar datos Personales / Identificación para poder sacar la declaración de Sorteo Extra.
Citamos un artículo del Reglamento General de Arquitectura Rifa Generación 2015:
Art. 55 – Cambio de modalidad: si un comprador cambia la modalidad de pago, la declaración en tiempo y forma es obligación y responsabilidad del vendedor. El no cumplimiento de este trámite implicará que si el número sale premiado el vendedor será el único responsable ante el comprador, debiéndose hacer cargo de la compra y entrega del premio correspondiente (premios extra).
(SORTEO EXTRA)
Art. 63 – La entrega de la Declaración Jurada exigida por la Comisión Rifas, el mes previo a realizarse cada sorteo extra establecido por Arquitectura Rifa, será de carácter obligatorio para cada integrante de la Generación.
En caso que faltara dicho documento el día en que sea exigida su entrega, se sancionará al vendedor en falta con una multa equivalente a cuatro talones de rifa.
En caso que al momento del sorteo el vendedor aún no presentara el documento antes mencionado, este será sancionado nuevamente con una multa equivalente a dos talones de rifa adicionales.
En caso de constatarse algún error en la Declaración presentada, se sancionará al vendedor en falta con una multa equivalente a dos talones de rifa.
Al momento de realizarse el sorteo extra, en caso que el número ganador que figura como participante del mismo, declarado así por cualquiera de los integrantes de la Generación, y no debiera hacerlo, será entonces responsabilidad del vendedor que hubiera incurrido en dicha falta hacerse cargo del premio otorgado en cuestión.
Recordamos que pueden entregar el sobre (identificado con su número de vendedor) con la liquidación a partir del Viernes 17, a las 10 hs hasta el Martes 21 de Mayo a las 16 hs, en la buzonera de MDF identificada para la Gen 15 que se encontrará fuera de la Oficina 3 del Ceda.
El no entregarla dentro de esta fecha será pasible de sanciones.
A partir de las 23:59 hrs del Lunes 20 de mayo se deshabilitará la posibilidad de realizar modificaciones en Mundus.
La liquidación es individual, por lo que cada vendedor deberá entregar la documentación en un sobre con su número de vendedor y nombre escrito en la parte exterior.
Recordamos que al ser una liquidación no presencial se debe tener especial cuidado con la declaración en Mundus y la entrega de los comprobantes.
Consultas: finanzas.gen15@gmail.com
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